Medidas económicas para afrontar los efectos del Covid-19
Para afrontar los efectos del coronavirus COVID-19, el Consejo de Ministro acaba de aprobar una serie de medidas económicas y laborales dirigidas a trabajadores autónomos. Os ofrecemos un breve resumen de estas medidas que ya están en vigor tras la publicación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.
Prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del Estado de Alarma.
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuyas actividades queden suspendidas o cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior, tendrán derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad.
La cuantía de la prestación se determinará aplicando el 70% a la base reguladora. Cuando no se acredite el período mínimo de cotización para tener derecho a la prestación, la cuantía de la prestación será equivalente al 70% de la base mínima de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia.
La prestación extraordinaria por cese de actividad regulada en este artículo tendrá una duración de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma, en el supuesto de que este se prorrogue y tenga una duración superior al mes. El tiempo de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.
Establecimiento de una línea de créditos y avales por un importe de 100.000 millones de euros
Para facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital otorgará avales a la financiación concedida por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos a empresas y autónomos para atender sus necesidades derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez.
Ampliación del límite de endeudamiento neto del ICO para facilitar la liquidez
Se amplía en 10.000 millones de euros el límite de endeudamiento neto previsto para el Instituto de Crédito Oficial en la Ley de Presupuestos del Estado, con el fin de facilitar liquidez adicional a las empresas, especialmente pymes y autónomos
Aplazamiento de Impuestos
Las empresas y los profesionales autónomos podrán aplazar hasta el 30 de mayo una cifra de 30.000 euros en impuestos durante seis meses, con tres meses de carencia. Tendrán la opción, por tanto, de devolver el dinero en tres meses y no pagar intereses. Este aplazamiento, se aplicará a conceptos que antes no era posible y se pueden beneficiar los solicitantes que tengan un volumen de operaciones menor a 6.010.121,04 euros en el año 2019.
Las retenciones de IRPF, cuotas de IVA e Impuesto de Sociedades podrán ser aplazadas para que las empresas puedan hacer frente a la crisis que se prevé por el coronavirus y que tengan liquidez económica.
Este decreto aprobado por el Gobierno también incluye el aplazamiento del reembolso de préstamos concedidos por la Secretaría General de Industria.
Incapacidad temporal
Por otra parte, el Real Decreto-ley aprobado establece que cuando el profesional autónomo esté en situación de cuarentena preventiva o aislamiento por coronavirus se declarará situación de incapacidad temporal similar al accidente de trabajo. En este caso, recibirá una prestación económica del 75% de su base reguladora desde el primer día.
Moratoria hipotecaria
Además de estas medidas específicas, se ha aprobado también una moratoria de un mes en el pago de las hipotecas para aquellas personas, tanto trabajadores como autónomos, que hayan perdido su empleo o hayan visto reducidos sus ingresos por el coronavirus, como parte del Real Decreto ley para hacer frente al impacto económico y social de la pandemia.
Se podrán beneficiar aquellos deudores más vulnerables como los que hayan entrado en situación de desempleo como consecuencia del virus o hayan visto reducidos sus ingresos en un 40% en el caso de los autónomos.
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