Las 10 claves del nuevo Código Técnico de Edificación (CTE) – Parte I
El pasado mes de diciembre el Consejo de Ministros aprobó una serie de modificaciones en el Código Técnico de Edificación (CTE). Estos cambios normativos nos obligan a poner atención en el diseño de los edificios residenciales y dotacionales y en sus instalaciones, ya que se regulan de forma muy detallada aspectos relativos al consumo de energía y al uso de energías renovables, especialmente en obra nueva.
En los dos próximos artículos de nuestro blog, os vamos a dar 10 claves para entender el nuevo CTE en lo que a ahorro energético se refiere. Empezamos con las 5 primeras.
¿Qué es el CTE?
El Código Técnico de la Edificación es el marco normativo que establece y desarrolla las exigencias básicas de calidad de los edificios y sus instalaciones, permitiendo demostrar que se satisfacen los requisitos básicos de la edificación que establece la ley. Estas exigencias básicas se desarrollan en otros documentos reconocidos que completan el marco normativo en materias como seguridad (estructuras, incendios, uso), habitabilidad (ahorro de energía, salubridad, ruido) o accesibilidad.
¿A quiénes afectan los cambios en el CTE?
Los cambios introducidos en el Código Técnico de Edificación (CTE) tienen por objeto mejorar las prestaciones de los edificios para garantizar la salud, el confort y la seguridad de los ciudadanos por lo que todos los profesionales involucrados en la construcción y habilitación de un edificio y en la instalación de sistemas para aportar calefacción, climatización o ACS se verán afectados.
Algunos de sus cambios más trascendentales afectan al nuevo Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE). Sus directrices persiguen estar en consonancia con la legislación europea, para lo que establece reglas y procedimientos con los que cumplir el requisito básico de ahorro de energía y la incorporación de las energías renovables en los edificios.
¿Cuándo entrará en vigor el nuevo CTE?
El nuevo CTE fue aprobado el pasado mes de diciembre por el Consejo de Ministros mediante el Real Decreto RD 732/2019. Desde el 27 de diciembre, fecha de su publicación en el BOE, hasta el 27 de junio de 2020 su aplicación será voluntaria y las solicitudes de licencia podrán hacerse con el nuevo CTE o con el antiguo. A partir de esa fecha su aplicación pasará a ser obligatoria. A finales del año 2020 todas las licencias que se otorguen deberán ser con el nuevo CTE.
ACTUALIZACIÓN 2 ABRIL 2020
El plazo de 6 meses de aplicación voluntaria del CTE-2019, cuya fecha de finalización original era el 27 de junio de 2020, queda suspendido por la declaración del estado de alarma desde el mismo día 14 de marzo de 2020. La nueva finalización de este plazo se obtendrá añadiendo el tiempo de duración del estado de alarma a la fecha inicialmente fijada.
¿Cómo afecta a la obra nueva el CTE?
1. Obras CON LICENCIA OBTENIDA antes del 14 de marzo de 2020 y no adaptadas a las modificaciones del CTE:
• A la fecha de comienzo de obra prevista en la licencia se le sumarán los días de duración del estado de alarma
• Si no hay fecha prevista de inicio, deberá comenzar a los 6 meses de la obtención de la licencia más los días de duración del estado de alarma.
• En caso contrario deberán adaptar sus proyectos a las modificaciones del CTE.
2. Obras CON LICENCIA SOLICITADA antes del 14 de marzo de 2020 que no la hayan obtenido todavía y no adaptadas a las modificaciones del CTE:
• Como consecuencia de la suspensión de los plazos administrativos, esta licencia se obtendrá una vez finalizado el estado de alarma.
• Estas obras deberán comenzar en el plazo previsto en la propia licencia, o en defecto de previsión, en el plazo de seis meses desde el otorgamiento de la misma.
• En caso contrario deberán adaptar sus proyectos a las modificaciones del CTE.
¿El nuevo CTE va a establecer límites al consumo de energía en los edificios?
El nuevo DB-HE establece, por primera vez, la cantidad máxima de ENERGÍA PRIMARIA que podrá consumir un edificio en un año. En un edificio residencial este límite incluirá la energía que demandan los sistemas de calefacción, refrigeración, ventilación y ACS. En el caso de los edificios dotacionales, también se incluye la iluminación.
¿Cómo define el consumo de energía el CTE?
Los indicadores que se van a emplear para definir los límites de consumo de energía son dos: por un lado, el límite de consumo de energía primaria NO renovable y por otro, el límite de consumo de energía primaria total. Básicamente, y resumiendo mucho, habrá que reducir considerablemente el consumo de energía primaria, y buena parte de esa energía (en torno al 50% en nueva construcción y alrededor del 30% en reforma) deberá proceder de fuentes renovables.
Puedes leer el resto de claves en la segunda parte de la publicación, donde os contamos qué límites de consumo de energía se han fijado para edificios de obra nueva, cómo se pueden alcanzar esos límites de consumo y cómo afecta la nueva normativa al uso de energías no renovables.
¿Eres profesional del sector de la construcción, fontanería o electricidad?
Solicita tu alta como cliente del Grupo Saltoki.
Contactar